¿Qué opinan? ¿Será cierto o mito que está permitido girar en un semáforo en rojo? Mucho se escucha, a veces sin fundamento dicen que sí y otros sostienen que no lo cierto, según el artículo 118 de la ley 769 que rige el Código Nacional de Tránsito es que sí es posible hacerlo, en ciertos casos.
¡Te explicamos mejor!
La ley es clara e indica que “el giro a la derecha cuando la luz está en rojo está permitido, respetando la prelación del peatón. La prohibición de este giro se indicará con señalización especial. Las autoridades de tránsito, en su jurisdicción, podrán autorizarlo”.
Es decir, siempre que no haya una prohibición explícita y respetes al peatón podrás girar únicamente a la derecha y con toda la precaución del caso. La ley lo expresa y esta es una medida para agilizar el tráfico, pero por desinformación algunos conductores se quedan esperando a que el semáforo cambie incluso cuando no hay tránsito ni de vehículos, ni de personas e incluso muchos tartamudean cuando un agente de tránsito les pregunta por la “aparente falta”, lo cual como vimos no es así.
Ahora cuentas con argumentos reales para afirmarlo y para hacerlo, no sobra recordar que esta maniobra implica mucho cuidado de parte del conductor y no hay ningún problema en hacerlo siempre que no se pongan en peligro peatones u otros actores de la vía.
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Foto tomada de: www.noticias.coches.com
Cuidado el pasado 25 de noviembre me hicieron un parte por jirar a la derecha en rojo. Pero al pedrir en movilidad la nulidad del parte, me solisitaron pruebas, oviamente no las tenia. Que devi haver hecho?.
Pregunte a varios agentes de transito y ninguno sabia con certesa, por eso aconcejo que si un policia de transito esta cerca,es mejor no hacer tal jiro. Pues el que termina pagando por la incompetencia es uno.
Hola Alex,
Es tan sencillo como llevar el Código Nacional del Tránsito porque en el artículo 118 deja claro que se puede realizar, respetando la prelación del peatón. Si había una señalización que hiciera explícita la prohibición de este giro, entonces no se puede (no sé cuál sea tu caso) pero si no había señal y lo hiciste con cuidado y dando prioridad al peatón, deben quitarte el parte.
¡Saludos!
Con esa ortografía le debieron poner 2.
Estoy viendo rumores en las redes sociales que dicen que ya esta prohibida la vuelta continua con precaución, pero no especifica en que municipios o estados aplica, ¿alguien sabe si ya esta publicada esa nueva regla de transito oficialmente en algún lado?
Yo también le pondría parte por mala ortografía al primer comentario… jejeje… pero quien debe presentar pruebas para poner en parte son la autoridades de tránsito porque en cualquier estado de derecho uno es inocente hasta que se le demuestre lo contrario.