Según la ley 1696 de 2013 estas son las sanciones vigente en colombia:
Grado cero de alcoholemia (entre 20 y 39 mg. de etanol en la sangre)
Quien sea sorprendido por primera vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por un año.
- Multa de 90 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Veinte horas de trabajo comunitario
- Inmovilización del vehículo.
Por segunda vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por un año.
- Multa de 135 salarios mínimos diarios.
- Veinte horas de trabajo comunitario.
- Inmovilización del vehículo
Por tercera vez
- Suspensión de la licencia de conducción por tres años.
- Multa de 180 salarios mínimos diarios.
- Treinta horas de trabajo comunitario
- Inmovilización del vehículo por tres días hábiles
Por el grado uno de embriaguez (entre 40 y 99 mg. de etanol en la sangre)
Por primera vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por tres años.
- Multa de 180 salarios mínimos diarios.
- Treinta horas de trabajo comunitario
- Inmovilización del vehículo por tres días hábiles.
Segunda vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por seis años
- Cincuenta horas de trabajo comunitario
- Multa de 270 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por cinco días hábiles.
Tercera vez:
- Cancelación de la licencia de conducción.
- Sesenta horas de trabajo comunitario
- Multa de 360 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por diez días hábiles.
Por el segundo grado de embriaguez (entre 100 y 149 mg. de etanol en la sangre)
Por primera vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por cinco años.
- 40 horas de trabajo comunitario
- Multa de 360 salarios mínimos diarios ($7.074.000 aprox.)
- Inmovilización del vehículo por seis días hábiles.
Segunda vez:
- Suspensión de la licencia de conducción por diez años.
- 60 horas de trabajo comunitario
- Multa de 540 salarios mínimos diarios ($10.611.000)
- Inmovilización del vehículo por diez días hábiles.
Tercera vez:
- Cancelación de la licencia de conducción
- 80 horas de trabajo comunitario
- Multa de 720 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por veinte días hábiles.
Tercer grado de alcoholemia (150 mg. de etanol en la sangre o más)
Por primera vez:
- Suspensión de la licencia por 10 años
- 50 horas de trabajo comunitario
- Multa de 720 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por 10 días hábiles
Por segunda vez:
- Cancelación de la licencia de conducción
- 80 horas de trabajo comunitario
- Multa de 1080 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
Por tercera vez:
- Cancelación de la licencia de conducción
- 90 horas de trabajo comunitario
- Multa de 1440 salarios mínimos diarios.
- Inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
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