Quien tenga un vehículo en Colombia, debe responder por varias obligaciones y este artículo te contamos cuáles son para que no tengas problemas de tránsito, ni multas:
1. Impuesto vehicular
La tarifa de este, se aplica sobre la base gravable del automotor, establecida anualmente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los valores absolutos aplicables a partir del 1.º de enero de 2020 quedaron así:
- En el rango de avalúo de hasta $48’029.000, una tarifa de 1,5 %.
- Entre $48’029.000 y $108’063.000, de 2,5 %.
- Vehículos avaluados en más de $108’063.000, la tarifa es de 3,5 %.
Tal aumento se entiende por la meta de recaudo que el Gobierno Nacional tiene para este año, del 3 %.
2. SOAT
De acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia, los propietarios de un vehículo familiar nuevo de entre 1.500 cc y 2.500 cc tendrán una tarifa del SOAT de 8,85 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) para 2020, es decir, un 4,89 %, lo cual resulta menor frente a la tarifa de 2019, que era de 9,31 SMDLV.
Aquí es importante mencionar que la reducción en la tarifa del SOAT que regirá a partir del 1.º de enero de 2020 no modifica las coberturas ni las cuantías definidas por la ley para este seguro obligatorio. Este valor depende del ajuste del salario mínimo mensual que regirá para 2020, el cual será de $980.657, incluyendo el subsidio de transporte.
Vale la pena mencionar que el SOAT cubre: gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios, incapacidad permanente, muerte y gastos funerarios, y gastos de transporte y movilización de lesionados, cada uno con un tope fijo de SMDLV.
3. Tecnico-mecánica
La revisión técnico-mecánica, aplica para vehículos de más de cinco años de uso. ¿Cómo saber cuándo comienza a tener vencida la revisión? Dependiendo de la fecha de matrícula: al día siguiente de esa fecha ya debe hacerla.
Finalmente como escuela te recomendamos (aunque no es obligatorio) tener una póliza voluntaria todo riesgo para cubrir por ejemplo, daños del bien (o sea el vehículo) en caso de accidente y gozar de beneficios y servicios adicionales que no brindan los seguros obligatorios.